viernes, 25 de julio de 2014

Artículos Derecho de la vida“una utopía colombiana”

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Derecho de la vida“una utopía colombiana”
Por: Anuar Alfonso De la Cruz Medrano
Estudiante Facultad de Comunicación, Información y Lenguaje
La vida está contemplada como el derecho más importante y fundamental del ser humano. Es una "virtud" que poseen los individuos por el simple hecho de nacer y existir. Pero ¿qué es tener derecho a la vida?, qué significado tendrá para la humanidad en general esta frase tan repetida en discursos políticos, religiosos, medios de comunicación e incluso, en la aulas de clase donde se forman los  profesionales del futuro.


El Doctor Rodolfo Figueroa García1 preocupado por satisfacer esta gran inquietud define el derecho a la vida en cinco concepciones.
“Si bien en la literatura nacional, en general, no es posible hallar un concepto o una definición explícita sobre el derecho a la vida, sí es posible encontrar en algunos autores algunas declaraciones que permiten reconstruir una noción sobre el derecho a la vida. Si a esas declaraciones que exhibe cierta literatura nacional sumamos algunos aportes de literatura extranjera, podemos identificar cinco concepciones sobre el derecho a la vida: 1) Una de ellas sostiene que el derecho a la vida consiste en el derecho a vivir, a permanecer con vida. 2) Otra sugiere que este derecho consiste en el derecho a vivir bien, o vivir con dignidad. 3) Una tercera propone entender que el derecho a la vida consiste en el derecho a recibir todo lo mínimamente necesario para no morir en lo inmediato. 4) Una cuarta concepción propone entender el derecho a la vida simplemente como el derecho a que no nos maten. Finalmente, 5) una quinta postura suscribe la idea de que este derecho consiste en que no nos maten arbitrariamente”.2 
Luego de analizar la opinión del doctor Rodolfo Figueroa, se entiende que el derecho a la vida no es más que esa conciencia que deben tener los seres humanos de que ninguna persona está en la facultad de quitar la vida a otra, bajo ninguna circunstancia. Dicho de otra manera este derecho consiste en que no nos “maten arbitrariamente”.
El 10 de diciembre de 1948 en París, es adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el documento que contiene la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en el artículo tres va implícito, un parágrafo que hace referencia directamente a la vida. “Artículo 3: Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”. Como podemos observar, preservar la vida y la integridad de las personas es una preocupación no solo de los estados individuales, sino del planeta en general.
La vida, debe ser contemplada como un derecho inalienable, perdurable e irrenunciable, no sólo en términos del deber de las personas y la sociedad, sino que el Estado debe garantizar y propiciar las condiciones de seguridad que eviten o contengan la violencia en términos de calidad de la misma, pues no sólo se atenta contra el derecho a la vida cuando se ataca o asesina a una persona, también hay vulneración cuando por acción o por omisión las personas de manera individual o colectiva, la sociedad o el Estado, no garantizan los medios mínimos y las condiciones adecuadas para que ellos y los demás puedan llevar una vida digna.
Colombia, una república unitaria de América, situada en la región noroccidental de América del Sur y que carga sobre su territorio 47,7 millones de habitantes. País de contradicciones, un país en el que la pena de muerte se encuentra abolida dentro de su marco legal, “ARTICULO 11. Constitución Política de Colombia. El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte.” pero en el que todos los días guerrilla, paramilitares, narcotraficantes, delincuencia común y, en ocasiones, personas vinculadas al Estado cometen diferentes formas de asesinato que van desde el homicidio fruto de un atraco o una riña callejera, pasando por las venganzas entre grupos delincuenciales, las masacres, las desapariciones forzadas, la mal llamada limpieza social y los asesinatos selectivos.

Imagen tomada de: pipo-610.blogspot.com

Un país donde a diario los medios de comunicación hablan de la importancia de la vida, del valor excepcional  que debe representar para cada individuo este derecho fundamental de primer orden y además de acción inmediata, de hecho, está estipulado en la actual Carta Magna de la República. Sin embargo, cada día son más los colombianos vulnerados que ven ante sus ojos cómo se les arrebata ese gran deseo de vivir.
Son muchas las noticias que muestran cómo los grupos al margen de la ley, los delincuentes comunes y el mismo estado vulneran y atropellan este derecho que se supone es responsabilidad de todos proteger. 
A continuación, citaré algunos ejemplos que muestran claramente que el derecho a la vida en este país es solo una frase que retumba en la cabeza de sus habitantes, pero que solo muy pocos le dan el valor y la importancia que se merece.

Imagen tomada de: www.experienciacolombia.com

“El 2 de mayo de 2002 sucedió una tragedia anunciada. A pesar de los múltiples llamados de auxilio que lanzaron la población y la Diócesis de Quibdó, los habitantes de Bellavista quedaron en medio de los combates que paramilitares y guerrilla sostenían por el poder del Atrato Medio.
Una pipeta lanzada por las FARC cayó en donde la comunidad se refugiaba de las balas. El saldo fue de 79 personas muertas, 48 de ellas eran niños. Otros civiles morirían en los días posteriores por sus heridas y por los combates, que continuaron”3
 Los grupos armados al margen de la ley, día a día cobran vidas de civiles inocentes que no tienen nada que ver con el conflicto por territorio, personas que sin tener un buen nivel de vida luchan por sobrevivir en un país donde el Estado no les provee las mejores condiciones de supervivencia, sumado a ello portan en su diario vivir la incertidumbre de que en cualquier momento estos grupos alzados en armas los asesinen, para mostrar al estado hasta dónde son capaces de llegar por hacer valer sus ideales de guerra.
“Organizaciones convocantes a la Acción Humanitaria en Tierra Alta – departamento de Córdoba, denuncia ante la comunidad nacional e internacional las acciones continuas de Hostigamiento, Amenaza, Intimidaciones y labores irregulares de Inteligencia contra la comunidad campesina asentada en el corregimiento El Crucito, convirtiéndose en actos de persecución del Ejercito Nacional a la Acción Humanitaria prevista para el 26 y 27 de abril.
 El 20 de abril, tropas de la Brigada Móvil No 24, adscritas a la Fuerza de Tarea Conjunta Nudo de Paramillo, de la VII División del Ejército Nacional, al mando del Sargento Viceprimero Gómez y el Cabo Monzón. Quienes se han acantonado dentro del caserío El Crucito, han estado tomando fotografías, registrando en video e intimidando a la comunidad campesina residente en el centro poblado y a integrantes del equipo de preparación de la Acción Humanitaria.
Hacemos responsable a la Línea de mando de la Brigada Móvil No 24 y de la Fuerza de Tarea Conjunta Nudo de Paramillo del Ejercito Nacional si ocurre algún atentado contra la vida e integridad personal de los integrantes de la comunidad campesina allí asentada o de alguna persona que se encuentre en las labores de preparación y organización de la Acción Humanitaria, por la sistemática violación de derechos humanos que ya hemos estado denunciando.
Dejamos claro el carácter civil y de ejercicio de derechos y de ciudadanía de la Acción Humanitaria, pese a los hostigamientos continuaremos con la realización de este acto. Presentaremos las denuncias respectivas contra los suboficiales responsables de los actos de intimidación y malos tratos referidos”.4
Aunque los tratados internacionales, la Constitución Política de Colombia y la Ley en general dedican una parte significativa de su contenido, de forma directa o indirecta, al tema de los derechos humanos y al deber que el Gobierno, el Estado y la sociedad tienen de velar por la protección y defensa de los mismos La realidad muestra un panorama sombrío al respecto, ya que son frecuentes las violaciones a tales derechos, incluido el derecho a la vida, tanto por las partes involucradas dentro del conflicto político social y armado que actualmente vive el país  e incluso, los propios agentes de seguridad del Estado, así como por los narcotraficantes y la delincuencia común. Todavía no se alcanza a entender cuál es la seguridad que brinda el Estado a los habitantes del país, pues como pudimos ver en la denuncia anterior, la fuerza armada del Estado quien supone debe velar y proteger los derechos del hombre y del ciudadano, abusan del poder que se les otorga, para hostigar, lastimar es incluso asesinar a personas inocentes que, como lo he dicho anteriormente, nada tienen que ver con esta lucha absurda de poder y territorio.
Mientras siguen los tratados de paz y el Estado busca la “tranquilidad y seguridad” de sus habitantes, los campesinos y ciudadanos en general seguimos expuestos a los actos inclementes de violencia de unos cuantos, que sin tener el más mínimo sentido de culpa nos matan arbitrariamente y acaban con sueños, metas e ilusiones que cada Colombiano lleva dentro de su ser.
1.        Rodolfo Figueroa García. Master en Derecho y candidato a doctor, University of Wisconsin-Madison. Profesor de Derecho Constitucional, Universidad Diego Portales. Correo electrónico: rodolfo.figueroa@udp.cl.
2.         Revista Ius et Praxis - año 14 - n° 1: 261-300, 2008 ARTICULOS DE DOCTRINA CONCEPTO DE DERECHO A LA VIDA.
3.      http://www.noticiascaracol.com/nacion/articulo-264163-la-tragedia-de-un-pueblo
4.      http://www.colectivodeabogados.org/Hostigamientos-amenazas-contra-la
        utopía 
 f. Plan ideal de gobierno en que todo está perfectamente determinado. El concepto procede de la obra de Tomás Moro Utopía, en la  que describe la república de la imaginaria isla de Utopía.
 fig.Plan o sistema ideal, pero irrealizable.

1 comentario:

  1. “Artículo 3: Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”.
    Un feto no es un individuo, es parte de un individuo.

    “ARTICULO 11. Constitución Política de Colombia. El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte.”
    Un terrorista que mata premeditadamente a civiles inocentes para sembrar el terror. Un narcotraficante que obliga a alguien a trabajar para él y que de no hacerlo lo tortura y-o lo mata no tiene derecho a la vida.

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